Autorización Notarial para Enajenar Bienes de Menores de Edad o Personas con Discapacidad

Decreto 1664 del 20 de Agosto de 2015

Es el procedimiento que se solicita en la notaría para vender un bien inmueble de un menor de edad o persona con discapacidad, en donde interviene dando concepto favorable, el Defensor de Familia del domicilio del menor o persona con discapacidad.

Requisitos:

A-)  Solicitud,  la cual será diligenciada con uno de los asesores de la notaría.

B-)  Copia del Registro Civil de Nacimiento del menor o mayor de edad con discapacidad, válido para acreditar parentesco. Si alguno de los padres fuere fallecido, se presentará la copia del registro civil de defunción respectivo.

C-) Si el bien es inmueble,  Certificado de Tradición y Libertad vigente para verificar su situación jurídica actual.

D-) Copia de la escritura pública de adquisición.

Tiempo estimado de entrega:

Consultar con la notaría, toda vez los tiempos dependen del concepto del Defensor de Familia.

Costo:

Sí. Según tarifa notarial.  Consulte aquí las tarifas notariales.

Notaría 15 del Círculo de Bogotá.

Vista Exterior

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NOTARÍA 15

 

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