Autorización Notarial para Enajenar Bienes de Menores de Edad o Personas con Discapacidad
Decreto 1664 del 20 de Agosto de 2015
Es el procedimiento que se solicita en la notaría para vender un bien inmueble de un menor de edad o persona con discapacidad, en donde interviene dando concepto favorable, el Defensor de Familia del domicilio del menor o persona con discapacidad.
Requisitos:
A-) Solicitud, la cual será diligenciada con uno de los asesores de la notaría.
B-) Copia del Registro Civil de Nacimiento del menor o mayor de edad con discapacidad, válido para acreditar parentesco. Si alguno de los padres fuere fallecido, se presentará la copia del registro civil de defunción respectivo.
C-) Si el bien es inmueble, Certificado de Tradición y Libertad vigente para verificar su situación jurídica actual.
D-) Copia de la escritura pública de adquisición.
Tiempo estimado de entrega:
Consultar con la notaría, toda vez los tiempos dependen del concepto del Defensor de Familia.
Costo:
Sí. Según tarifa notarial. Consulte aquí las tarifas notariales.
Notaría 15 del Círculo de Bogotá.
Calle 99 # 11B – 17
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NOTARÍA 15
Dirección: Calle 99 # 11B – 17
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