Solicitud de Sustitución y Cancelación del Patrimonio de Familia Inembargable
Decreto 19 del 10 de Enero de 2012
Cuando las personas desean no continuar con la protección de su inmueble y con el fin de sustituir, vender o hipotecar necesitan cancelar el patrimonio que recae sobre el inmueble.
Requisitos:
A-) Solicitud, la cual será diligenciada con uno de los asesores de la notaría.
B) Copia del registro civil del menor beneficiario;
C-) Copia de la escritura pública mediante la cual se constituyó;
D-) Certificado de Libertad y Tradición de los inmuebles objeto del trámite
E-). Avalúo catastral del inmueble. (Copia impuesto predial o Certificación catastral).
Notaría 15 del Círculo de Bogotá.
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