Solicitud de Sustitución y Cancelación del Patrimonio de Familia Inembargable

Decreto 19 del 10 de Enero de 2012

Cuando las personas desean no continuar con la protección de su inmueble y con el fin de sustituir, vender o hipotecar necesitan cancelar el patrimonio que recae sobre el inmueble.

Requisitos:

A-)  Solicitud,  la cual será diligenciada con uno de los asesores de la notaría.

B) Copia del registro civil del menor beneficiario;

C-) Copia de la escritura pública mediante la cual se constituyó;

D-) Certificado de Libertad y Tradición de los inmuebles objeto del trámite

E-). Avalúo catastral del inmueble. (Copia impuesto predial o Certificación catastral).

Notaría 15 del Círculo de Bogotá.

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Resolución No 00653 de
27-01-2025

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